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La Corte Suprema de Justicia falló a favor de que los presos puedan votar

3 meses ago
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La Corte Suprema de Justicia falló a favor de que los presos puedan votar
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La Corte Suprema de Justicia dictó un fallo a favor de que los presos puedan votar en las elecciones. El máximo tribunal ratificó una decisión previa de la Cámara Nacional Electoral, que había declarado “inconstitucional” suprimir de manera “genérica y absoluta” el derecho al voto.

“Se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada”, reza la sentencia con la firma de los cuatro jueces del tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

La Corte respondió así a un recurso interpuesto por un preso que solicitó la rehabilitación para poder ejercer su derecho al voto a pesar de estar cumpliendo pena de prisión. Tras un cambio de ley, desde el 2007 que los privados de libertad pueden votar en el país.

La petición a sufragar había sido rechazada en la Justicia y la situación había llegado a la Cámara Nacional Electoral, que en septiembre de 2017 revocó el fallo de la instancia anterior. Lo hizo al declarar la inconstitucionalidad de las normas que suprimen, en forma genérica y absoluta, el derecho al voto de las personas condenadas en proceso penal.


Votación de los presos d la Unidad Penal N° 9 de La Plata. Foto Mauricio Nievas

Específicamente objetó “el artículo 3, incisos e, f y g, del Código Electoral Nacional y de los artículos 12 y 19, inciso 2, del Código Penal en cuanto prevén la privación del derecho electoral de los condenados en sede penal”, de acuerdo al fallo dictado hace casi cinco años con firma del Procurador fiscal Víctor Abramovich.

Al mismo tiempo, la Cámara entendió que la prohibición de votar podría estar justificada en casos puntuales de condenados por determinados delitos, pero no en forma genérica.

Cinco años sin tratamiento

Ante esa consideración, la Cámara instó al Congreso de la Nación a tratar una ley que contemple esos casos especiales en que estaría aceptado el veto. A pesar de esa solicitud, pasados cinco años no hay novedades en el Parlamento sobre ese proyecto.

Ante la demora, el debate llegó a la Corte. En la sentencia el tribunal aclaró que su pronunciamiento quedó limitado “exclusivamente a revisar si la pauta temporal establecida por la Cámara Nacional Electoral para que el Congreso Nacional cumpla con la sentencia dictada en autos garantiza adecuadamente el derecho a la tutela judicial efectiva del actor”. Y cuestionó al Parlamento.

La sentencia de la Corte Suprema que afirma el derecho al voto de los presos

El tribunal ratificó un fallo de la Cámara Nacional Electoral


La Corte expresó su acuerdo con la Cámara en que “la fijación de un plazo indeterminado no significa que la sentencia sea meramente declarativa, ni que deje librado su cumplimiento al arbitrio de los órganos estatales competentes”.

Además, remarcó “que la pauta temporal ‘a la mayor brevedad posible’ contiene un límite claro, que implica el requerimiento de una conducta urgente que puede ser judicialmente exigida”, señala sobre el requerimiento que envió la Cámara al Parlamento y a los tiempos demasiado prolongados del Legislativo.

“El Tribunal advierte que la parte recurrente tiene la posibilidad de solicitar la ejecución de la condena sobre la base del vencimiento de la pauta temporal impuesta en la sentencia apelada”, indica el fallo, que lleva como fecha el 10 de febrero pasado.

“Máxime -agrega- cuando han transcurrido más de cinco años desde que la Cámara Electoral dictó sentencia y el Congreso de la Nación ni siquiera ha dado tratamiento a los diversos proyectos de ley presentados a efectos de implementar el derecho a votar de los condenados”.

Cuántos presos votaron en 2021

En las elecciones 2021, 62.437 personas privadas de su libertad estuvieron en condiciones de votar. En comparación con las últimas elecciones de 2019, se refleja un aumento del 7,5 % de votantes habilitados (5 mil presos más que el año anterior).

Solo quienes no cuentan con una condena firme pudieron ejercer su derecho al sufragio. 

En la cárcel se utiliza el sistema de boleta única de papel, con todos los candidatos agrupados en un único documento.

Salvo en Santa Fe y la Ciudad de Buenos Aires, solo pueden votar en elecciones nacionales: Presidente, diputados y senadores.

Además, la convocatoria para ser autoridad de mesa es restringida: las designaciones varían entre el personal que da clases en los recintos penitenciarios o personal del Poder Judicial.

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