La cámara nacional dispuso la prohibición para Matias Morla, Stefano Ceci y todas las personas a los que quien fuera abogado del ex futbolista y DT de la Selección Argentina le cedió la marca Maradona, el uso del nombre y la imagen de “Diego Armando Maradona”, al determinar en un fallo que la misma le corresponde a sus hijos.
Así lo determinó la Cámara Civil – Sala F en su resolución de la causa denominada MARADONA, DALMA NEREA Y OTROS c/ YAKUZZA SRL Y OTROS s/MEDIDAS PRECAUTORIAS.
En la sentencia señala: “En su mérito y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal de Cámara, SE RESUELVE: 1) Revocar el pronunciamiento de fs. 100 en cuanto declaró la competencia del fuero Civil y Comercial Federal y, consecuentemente, decidir la competencia de este fuero Nacional en lo Civil para entender en estas actuaciones, por lo que deberán seguir tramitando por ente el Juzgado Nacional de lo Civil nº 74. 2) Confirmar la cautelar decretada en la instancia de grado con el alcance señalado, esto es, que Matías Edgardo Morla, Sattvica S.A., Stefano Ceci, Yakuzza SRL, Vulcanizados Marpen S.L., Domenico Paone Spa y Fernando Martín Centeno, deberán cesar en el uso por sí o a través de terceros de la
imagen, voz, nombre y seudónimos de quien fuera en vida Diego Armando Maradona (arts. 53, 71 y 72 del CCyCN), dejándose sin efecto lo decidido respecto “la marca Diego Armando Maradona y/o
cualquier otra relacionada con su persona”.
Este es el fallo completo:
Fuente pablolayus.com.ar