La Corte Suprema avala el uso de cannabis medicinal
La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló que el autocultivo de cannabis con fines medicinales por parte de madres y padres que quieren atender la salud de sus hijos está despenalizado de acuerdo con las normas vigentes en la Argentina.
En la misma decisión, el máximo tribunal de Justicia entendió que debe haber un control del Estado para llevar un registro de esta actividad.
Por unanimidad, los miembros de la Corte rechazaron los planteos de inconstitucionalidad contra la necesidad de anotarse en un registro especial que había planteado la asociación Mamás Cannabis Medicinal (Macame) contra las normas relativas al autocultivo de cannabis para consumo medicinal de los menores a su cargo.
Según el fallo, el planteo de Macame debe abordarse desde el derecho a la salud y no al amparo del derecho a la intimidad como había argumentado la ONG hace dos meses, cuando se realizó una audiencia pública para debatir el caso.
En tanto, la Corte Suprema remarcó que conforme la normativa vigente está despenalizado el cultivo de cannabis con fines medicinales por parte de las madres de los menores, y entendió que el registro existente para ello es un control estatal razonable.
Se trata del decreto 883/2020, que reguló la posibilidad de obtener autorizaciones estatales para el cultivo de la planta de cannabis con fines terapéuticos.
El debate
“Es cierto que la Corte confirma la despenalización, pero este reconocimiento no es en los términos en que se había solicitado. El tribunal reafirma que hay que registrarse al entender el tema como un asunto de salud pública, no privada. Nos parece problemático. Se perdió una oportunidad para pensar la conducta de los cultivadores, a quienes la Corte vuelve a señalar y entender que son parte de una cadena vinculada al narcotráfico en lugar de entender al autocultivo, precisamente, como una opción para no caer en el mercado ilegal de drogas. Este pronunciamiento se desentiende de ese universo que es muy importante”, advierte Victoria Darraidou, coordinadora del área de Seguridad Democrática y Violencia Institucional del CELS.
En la Defensoría General, que participó de las audiencias están conformes. “La Corte se decidió a tratar este tema y ponerlo en agenda. Hablamos de un derecho a la salud y un inconveniente que muchas familias atraviesan, que termina muy cerca del derecho penal, lo que provoca estigma y miedo de las personas que necesitan el cannabis por razones de salud, por temor a los allanamientos y las detenciones. Entendimos el cannabis como un medicamento y nos parece bien el control del Estado para que también se evalúe qué les dan las madres a sus hijos. Es distinto al caso y la discusión del consumo individual con fines recreativos”, dijo el defensor Pablo Ordóñez que junto con Mariana Grasso representaron a la defensora general Stella Maris Martínez.
La organización Reset – Política de Drogas y Derechos Humanos, obtuvo hace diez años una sentencia donde un juez porteño afirmaba que no era necesario brindar autorización alguna para ejercer el autocultivo por ser una conducta privada protegida por la Constitución. Mariano Fusero, su presidente, señala que “la Corte contradice ese criterio con un espíritu menos liberal, afirmando que la autorización y control estatal es un requisito necesario y justificable. Todo puede ser debatible en las ciencias jurídicas, pero sigue siendo anacrónico e intolerable que un régimen legal vetusto nos exige debatir estos temas en los estrados judiciales en vez de resolverlos democráticamente en su ámbito natural, o sea, el Congreso. Esperemos de una buena vez un debate legislativo que culmine en la despenalización de las personas que consumen por actos que hacen a su propio consumo. Entre ellos, el autocultivo de cannabis para cualquier finalidad que una persona adulta quiera otorgarle, sin necesidad de un Estado represivo o paternalista por detrás que límite la soberanía sobre los propios cuerpos, siempre y cuando el consumo se realice sin afectar derechos de terceras personas”.