El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía oficializaron este martes la modificación de la Ley de Tránsito que estaba en vigencia desde hace casi 30 años.
La medida se oficializó a través del Decreto 196/2025 publicado en el Boletín Oficial y afecta, entre otros puntos, al trámite de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) sino al proceso de importación de vehículos, la obtención y renovación de la licencia de conducir, el funcionamiento de los peajes en todas las rutas nacionales y la conducción autónoma.
Respecto de la licencia nacional de conducir podrá ser digital y válida en todo el país. Si los municipios seguirán emitiendo las respectivas licencias ya que tienen la potestad del registro, para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años.
Los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.
