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La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) confirmó parte del calendario de pagos de abril 2023, que incluye el pago de la Tarjeta Alimentar del Ministerio de Desarrollo Social.

La asistencia busca acompañar a los sectores más vulnerables y garantizar su acceso a la canasta básica alimentaria. Para eso, se entregan montos que van desde los $12.500 a $25.000

Por otra parte, el organismo previsional planifica los cobros para jubilados y pensionados, asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignaciones Familiares (SUAF), según terminación de documento.

Tarjeta Alimentar 2023: quiénes cobran

Los grupos que cobran la Tarjeta Alimentar sin inscripción son:

  • AUH con hijos de hasta 14 años inclusive.
  • AUH con hijos con discapacidad, sin límite de edad.
  • Asignación por Embarazo.
  • Madres de 7 hijos o más que reciben una Pensión No Contributiva (PNC).

Este programa corresponde a todas aquellas personas que cobren la Asignación Universal por Hijo/a con hijos/as de hasta 14 años inclusive; Embarazadas a partir de los 3 meses que cobren la Asignación por Embarazo para Protección Social; personas con hijos con discapacidad que cobren la Asignación Universal por Hija/o, sin límite de edad y madres de 7 o más hijas/os que perciben Pensiones No Contributivas.

Cómo solicitar Tarjeta Alimentar

No hay una inscripción a la Tarjeta Alimentar, los grupos que forman parte del universo de beneficiarios reciben el pago automáticamente junto a su prestación mensual (AUH, AUE o PNC, según corresponda).

ANSES
El organismo previsional confirmó la fecha y lugar de cobro de Tarjeta Alimentar

Saldo de Tarjeta Alimentar: montos en abril 2023

Cobran $12.500:

  • AUH con un hijo.
  • Asignación por Embarazo.

Cobran $19.000:

  • AUH con dos hijos.

Cobran $25.000:

  • AUH con tres hijos o más.
  • Madres de 7 hijos con PNC.

Calendario de pagos Anses abril 2023

Fecha de cobro PNC

Anses confirmó las fechas de cobro para jubilados y pensionados. Los titulares de Pensiones no Contributivas reciben la Tarjeta Alimentar en las siguientes fechas:

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de abril de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de abril de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de abril de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 10 de abril de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 11 de abril de 2023.

AUH abril 2023

La fecha de cobro para AUH en abril no está confirmada todavía, aunque se espera que la entrega empiece en la segunda semana del mes, después de Semana Santa.

Consultá fecha y lugar de cobro en Mi Anses o en:

Nueva tarjeta alimentaria del Ministerio de Desarrollo Social: ¿AUH puede cobrarla?

El Ministerio de Desarrollo Social confirmó la entrega de una nueva tarjeta alimentaria, similar a la Tarjeta Alimentar que reciben los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

El Gobierno lanzó una nueva tarjeta alimentaria a través del plan Alimentar Comunidad. 

La asistencia cosnsiste en la entrega de una tarjeta prepaga física o virtual, que se limitará en cuanto al uso a los rubros de alimentos, artículos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios.

¿Alimentar Comunidad es compatible con AUH?

El programa busca brindar, en forma directa o a través de instituciones públicas o privadas, capacitadas para tal fin, asistencia y capacitación a los comedores y merenderos y organizaciones sociales y comunitarias.

Los titulares de la AUH no cobran el Alimentar Comunidad, pero sí acceden a la Tarjeta Alimentar que se entrega desde el 2020 a través de la Anses. También pueden cobrarla los titulares de la Asignación por Embarazo (AUE) y las Pensiones No Contributivas (PNC).

Requisitos de Alimentar Comunidad

  • Los requisitos para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:
  • Constancia de inscripción en AFIP de la organización.
  • Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante.
  • Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  • Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad.
  • Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos.
  • Fotocopia autenticada del estatuto actualizado.
  • Fotocopia autenticada de la designación de autoridades vigentes.
  • Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.
  • Los requisitos para las organizaciones sociales, conformadas de hecho o sin personería jurídica, que solicitan el subsidio representadas por una persona humana, deberán presentar:
  • Nota de solicitud de inclusión dirigida a la Titular de la Secretaría de Articulación de Política Social, con firma ológrafa.
  • Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  • Documentación de dos personas responsables que ejercerán la representación de la organización en forma conjunta: Nombre y apellido, fotocopia de DNI (frente y dorso).
  • Acta de asamblea de la organización donde conste el año de inicio de las actividades, miembros (Nombre, Apellido y DNI), objetivos, líneas de acción y población destinataria. Deberán acompañar aval firmado por miembros autorizando a la persona que ejercerá la representación y gestión relacionadas a la administración, y rendición del subsidio otorgado. La voluntad de asociarse por sus miembros manifestada en la mencionada acta de asamblea de la organización de base, deberá ser certificada por un funcionario o agente interviniente del  Ministerio de Desarrollo Social, o bien, indistintamente por, Juez de Paz, autoridad policial y/o Municipal del domicilio del presentante o escritura pública.
  • Declaración Jurada por parte de la/el representante de la Organización que exprese la voluntad de inscribirla al Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.
  • Dos documentos (notas, informes técnicos y otro tipo de manifestación) que avalen el trabajo de la organización en el territorio. El aval deberá ser de instituciones gubernamentales, provinciales o municipales, o no gubernamentales, y deberá estar firmado y sellado por la autoridad del área de la referida institución que tiene a su cargo la temática motivo del aval.
  • Material de difusión vinculado a las actividades que realiza la organización (fotos, videos, notas de prensa, entre otros) que acrediten sus antecedentes y trabajo en el territorio, y cualquier otro documento que permita acreditar la existencia real e inserción territorial del colectivo.